Wednesday, May 25, 2016

Tribunal de Ética Periodística falla a favor de alcalde Revilla

El Tribunal Nacional de Ética Periodística (TNÉP), emitió resolución sobre la denuncia presentada por el alcalde de la ciudad de La Paz, Luis Revilla Herrero, contra el diario “Cambio”, al que acusó de contravenir los artículos 1,2 y 4 del Código Nacional de Ética Periodística.

Tras el análisis del caso y la valoración de las pruebas presentadas por las partes, el TNEP, en relación al artículo 1 del código, declaró probada la denuncia del alcalde Revilla, en cuanto a que el periódico “Cambio” atribuyó como verdaderos hechos que no son de competencia del Gobierno Municipal, “ni que han sido determinados por una Auditoría o Sentencia Judicial” y recomendó al periódico que “realice la correspondiente rectificación contra la aclaración respectiva”.

“Cambio” había acusado al Alcalde paceño de “haber decidido el incremento del precio de pan de batalla, un sobreprecio en la construcción de los puentes trillizos y de comprar los buses Pumakatari con subvención de dinero de los habitantes de La Paz”.

Dentro del mismo fallo, el TNEP desestimó la denuncia de Revilla referida a la violación de los artículos 2 y 4, dado que la nota cuestionada por este era “una opinión editorial a la cual no cabe exigir las características de una información periodística”.

Esta es la segunda resolución que emite el actual TNEP, que fue posesionado el 10 de noviembre de 2015. La anterior, con fecha 22 de diciembre de ese mismo año, rechazó una denuncia de la Unidad de Comunicación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en contra del sitio web Eju.tv por no corresponder al ámbito de su competencia, dado que este portal es un “agregador de noticias”, que no desarrolla actividad periodística propia.

El Tribunal Nacional de Ética periodística se desempeña desde febrero de 2010, con la función de conocer y procesar los casos de contravención al Código Nacional de Ética Periodística que sean denunciados por representantes del Estado, la sociedad civil y población en general y que conciernan a la actividad periodística de los medios informativos público y privados, sus propietarios, directores, editores, periodistas o trabajadores que tengan que ver con tareas informativas, así como de quienes expresen opiniones a través de tales medios.

El Tribunal es la máxima expresión activa de la autorregulación en el periodismo boliviano. Hasta el presente ha resuelto más de 50 casos de denuncias presentadas a su consideración en demanda de un periodismo serio y éticamente responsable.

La autorregulación periodística está garantizada en el país por el párrafo II del artículo 107 (capitulo VII Comunicación Social) de la Constitución Política del estado promulgada el 7 de febrero de 2009.

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